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Decreto de emergencia traslada el peso de la crisis eléctrica a los generadores

El Gobierno dio un paso excepcional en la gestión de la crisis del sector eléctrico al intervenir directamente la generación, uno de los pilares del sistema. Con la expedición del Decreto 044 de 2025, amparado en la declaratoria de emergencia económica, el Ejecutivo diseñó un esquema para extraer recursos de las empresas generadoras con utilidades y redirigirlos al rescate de compañías intervenidas que enfrentan graves problemas financieros.

La medida parte de un diagnóstico claro: la falta de liquidez de algunas empresas ya no es un problema aislado, sino un riesgo sistémico que amenaza la estabilidad del mercado mayorista de energía. Ante la imposibilidad de cubrir estos déficits con presupuesto ordinario y frente al desgaste de las soluciones tradicionales, el Gobierno optó por una redistribución interna de cargas dentro del propio sector.

Un aporte obligatorio sobre las ganancias

El decreto establece, en primer lugar, una contribución parafiscal equivalente al 2,5 % de la utilidad antes de impuestos generada en 2025 por las empresas dedicadas a la generación de energía eléctrica para el servicio público domiciliario. Estos recursos serán transferidos al Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

A diferencia de otros gravámenes, la contribución no se calcula sobre ingresos ni sobre niveles de producción, sino directamente sobre las utilidades, lo que implica un impacto inmediato sobre la rentabilidad de las empresas. En los casos donde una compañía combine varias actividades, el cobro se limitará únicamente a la porción atribuible a la generación.

El pago se realizará en dos momentos: un anticipo del 1,25 %, calculado con base en los estados financieros de 2024, y un segundo tramo del 1,25 % ajustado a las cifras definitivas de 2025. Con este esquema, el Estado asegura un flujo de recursos anticipado para atender urgencias financieras actuales con utilidades futuras.

Un fondo para sostener empresas intervenidas

Los recursos recaudados no tendrán destinación general. El decreto restringe su uso exclusivamente a procesos de intervención administrativa en empresas del sector eléctrico. De esta forma, el Fondo Empresarial se consolida como un mecanismo de contención frente a una crisis que ha obligado a prolongar intervenciones, multiplicar apoyos financieros y asumir costos que superan cualquier escenario previsto.

El mensaje implícito es que las fuentes habituales de financiamiento ya no alcanzan y que la continuidad del servicio depende, en buena medida, de un esfuerzo extraordinario de los agentes que aún mantienen márgenes positivos.

Energía entregada como forma de contribución

El segundo pilar del decreto introduce una figura poco usual en el sector: una contraprestación obligatoria en energía. Durante 2026, las empresas generadoras hidráulicas que participan en el mercado de energía mayorista con despacho centralizado deberán entregar el 12 % de la energía que vendan en bolsa.

Esa electricidad será asignada a las empresas intervenidas y liquidada mensualmente. El valor reconocido corresponderá al menor entre el precio de bolsa y el costo promedio ponderado de los contratos del mes anterior. El Gobierno enfatiza que esta obligación no alterará el despacho económico, las tarifas al usuario final ni la formación de precios en el mercado.

Como compensación parcial, los generadores podrán aplicar un descuento tributario equivalente al 50 % del valor de la energía entregada, descontable del impuesto de renta. Aun así, el mecanismo implica una transferencia directa de recursos en especie desde los generadores hacia los agentes en crisis.

Impactos y tensiones regulatorias

Aunque el decreto insiste en su carácter temporal, el efecto sobre el sector es significativo. Las empresas generadoras verán reducidas sus utilidades netas y asumirán obligaciones no contempladas en los contratos originales. Para los inversionistas, la medida refuerza la percepción de riesgo regulatorio en un sector que históricamente se ha sustentado en reglas estables y previsibles.

Desde la óptica del Gobierno, se trata de un reparto extraordinario de cargas para evitar una ruptura en la cadena de pagos, que podría afectar el acceso al crédito, frenar inversiones y comprometer la confiabilidad del sistema.

Air-e y el origen de la intervención

La crisis que motivó el decreto tiene un nombre propio: Air-e. La empresa intervenida, que presta el servicio en Atlántico, Magdalena y La Guajira, anunció tarifas estables para 2026, pero al mismo tiempo quedó en evidencia una deuda cercana a los COP 2,5 billones con generadores y transmisores.

Antes de recurrir al Decreto 044, el Gobierno evaluó un cobro transitorio de COP 8 por kilovatio hora a nivel nacional. Sin embargo, la resistencia de los gremios y el impacto directo sobre los usuarios aceleraron el viraje hacia un mecanismo fiscal y en especie, que traslada el ajuste a los agentes con mayor capacidad financiera dentro del sistema.

Mientras algunos gremios cuestionan la constitucionalidad de la medida por su naturaleza tributaria, otros actores del sector advierten que, sin una intervención de este tipo, el riesgo es una crisis en cascada que termine afectando a todo el mercado eléctrico.

Emergencia fiscal y señales al mercado

El Decreto 044 se suma al conjunto de medidas adoptadas bajo la emergencia económica, utilizada por el Gobierno para enfrentar un déficit fiscal creciente tras el fracaso de la reforma tributaria. En pocas semanas, estas decisiones han generado un recaudo adicional, aunque todavía insuficiente frente al tamaño del hueco fiscal y la cartera morosa del Estado.

Con esta norma, el Ejecutivo opta por socializar parte de las utilidades del sector eléctrico para sostener a las empresas intervenidas. En el corto plazo, la medida aporta liquidez y estabilidad; en el largo plazo, deja abierta una discusión de fondo sobre seguridad jurídica, confianza inversionista y los límites de la intervención estatal en un sector estratégico.